El blog de Beatriz

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Trabajo para la Administración II Junio 1, 2007

Archivado en: Uncategorized — agbg @ 6:49 am

¿De qué fecha es la citada resolución?La fecha de resolución es del 29 de marzo de 2007.

¿Para qué año es la citada Oferta de Empleo Público?

Para el año 2007.

¿Cuáles son los requisitos generales para poder aspirar a las plazas ofertadas? (resumir en un máximo de una línea cada uno de los cinco requisitos)

  • El aspirante debe ser Español o pertenecer a la unión europea.
  • Tener los 18 años o más, pero no haber alcanzado la mayoría de edad para la jubilación.
  • No estar enfermo ni presentar ninguna discapacidad para desempeñar el empleo.
  • No haber sido despedido mediante un expediente de alguna administración pública.
  • No puede ser funcionario o estar a la espera que te nombren.

¿Qué documentos hay que acompañar a la solicitud para presentarse a las pruebas?

Si no tienen la nacionalidad Española presentar un documento que te acredite como que hablas la lengua española o presentar el título de licenciado en Filologías Hispánicas o Románicas. Presentar una fotocopia con todos los títulos obtenidos.

¿Dónde hay que presentar las solicitudes?

En los registros de las Direcciones Provinciales de educación de la consejería de Educación en Cacéres: Avda. de Miguel Primo de Rivera, 2. En Badajoz: Avda. de Europa, 2.

La solicitud también se puede presentar a través de internet. ¿En qué dirección de internet se puede realizar?

http://www.juntaex.es/consejerias/edu/dgpd/oposiciones/oposiciones.htm

¿Cuál es el último día para presentar la solicitud? Indicar día, mes y año concreto.

16 de Abril de 2007.

¿Cuál es la tasa que hay que abonar para poder accdeder a las pruebas?

La tasa es de 29.86 Euros.

¿Por qué miembros están compuestos los tribunales que examinarán a los candidatos?

Por los funcionarios de carrera en activo de los cuerpos de funcionarios docentes o por los duncionarios del cuerpo de Maestros.

En el Anexo I del documento aparece el número de plazas que se ofrecen para las distintas especialidades. Determinar cuántas plazas de maetros de música ofrecen. ¿y de inglés?

Plazas de música:20

Plazas de inglés:105

 

Créditos Mayo 25, 2007

Archivado en: Uncategorized — agbg @ 7:09 am

En cofidis por pedir un crédito de 3000 euros a una cuota de 93 euros al mes tardas 48 meses en pagarlo todo completo.

En el banco Popular al pedir un cŕedito de 3000 euros y pagándolo en 48 meses tengo que pagar 74.65 euros.

La gente suele pedir el crédito en cofidis aunque sea más caro ya que ahí no te piden explicaciones y es mucho más rápido en en un banco normal cualquiera y no necesitas demostrar mediante nóminas o declaraciones de la renta o cualquier otro documento que certifique lo que se cobra o si pagas todos los meses.

 

Trabajo para la administración Mayo 23, 2007

Archivado en: Uncategorized — agbg @ 6:44 am
  1. Accede a la página web de Empleo Público del SIA, que se encuentra aquí.
  2. En esta página encontrarás las últimas convocatorias de empleo público en Extremadura. ¿Qué diferencia existe entre un funcionario y un laboral (personal laboral)?
  3. Si accedes a cualquier apartado de las convocatorias apreciarás que aparecen dos aprtados, uno de TURNO LIBRE y otro de PROMOCIÓN INTERNA. ¿Qué diferencia hay entre esos dos conceptos?
  4. Si accedes a alguna de las convocatorias, por ejemplo esta de trabajadores sociales, verás que aparecen los datos relativos a la convocatoria, plazas, listas de admitidos, etc. Busca ahora por tu cuenta la convocatoria al cuerpo de Administrativos delineantes y responde a las siguientes cuestiones:
      1. Titulación requerida para presentarse a la oposición:
      2. Nº de plazas convocadas:
      3. Nº de aspirantes admitidos a la oposición:
      4. Fecha tope para presentar las solicitudes:
  5. El SIA tiene un servicio de aviso de las nuevas convocatorias existentes. Describe el funcionamiento de dicho servicio (podrás encontrar la respuesta a esta cuestión en la propia página del SIA)

2. La diferencia es que para las convocatorias de plazas de funcionarios los turnos estan constituidos por convocatorias a diferentes puestos. Y para las convocatorias de plazas para laborales los turnos estan constituidos por grupos.

3.Para los turnos libres y discapacitados se necesitan personas con titulos superiores, y para la promocion interna no hace falta tener ese título.

4.

1.Titulacion requerida para presentarse a la oposicion: DPDO/A. en trabajo social
2. Plazas convocadas:1

3.  238

4.Fecha tope : 29/12/2006

5. Ofrece la posibilidad de recibir en su correo electronico la informacion publicada en el Diario oficial de Extremadura, incluida en la wed del Sistema de información Administrativa , sobre las áreas que haya seleccionado.

     

    Ocupaciones de dificil cobertura. Mayo 16, 2007

    Archivado en: Uncategorized — agbg @ 7:17 am

    La página donde se encuentra el catálogo de ocupaciones de dificíl cobertura es: http://www2.inem.es/catalogoOcupaciones/web/asp/ocupaciones/ocupaciones_busqProv.asp

    Las ocupaciones de difícil cobertura en Extremadura son: Deportista profesional y Entrenador deportivo.

    En nuestras provincias vecinas; Salamanca:

    35450012 DEPORTISTA PROFESIONAL SALAMANCA

    En Toledo:

    TÉCNICO DE MANTENIMIENTO MECÁNICO TOLEDO

    Fontanero se necesita en: ALAVA,BARCELONA,CANTABRIA,CASTELLON,CÓRDOBA,GIRONA,GUIPUZCOA,BALEARES,JAÉN, LA RIOJA, LLEIDA,MÁLAGA, MURCIA,TENERIFE, TARRAGONA,TOLEDO, VALLADOLID,ZARAGOZA.

    Persianistas se necesitan en:  LEÓN, MADRID, MURCIAY VALENCIA.

     

    Tipo de Empresa Mayo 11, 2007

    Archivado en: Uncategorized — agbg @ 7:16 am
    1. Describir en dos líneas cada uno de los cuatro tipos de sociedades expuestas anteriormente. -Sociedad de responsabilidad limitada (S.L.): es una sociedad mercantil en la que el capital social, está dividido en cuotas sociales de distinto o igual valor.

    -Sociedad Anónima (S.A.): La sociedad anónima es aquella sociedad mercantíl cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones.

    -Sociedad Laboral – Limitada o Anónima – (S.L.L. o S.A.L.): Una sociedad laboral es una empresa propiedad en su mayor parte de sus trabajadores. Son empresas privadas mercantiles que se distinguen por presentar un carácter laboralista.

    - Sociedad cooperativa: Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas.

    2. ¿Cuántos socios debe tener como mínimos una SL? ¿Y una SA? ¿Y una cooperativa? En la S.L serán 3. En la S.A no existe ni un minimo ni un máximo. Y la cooperativa al menos 3.

    3. ¿Qué capital (cuánto dinero) se debe aportar para la puesta en marcha de una SL?¿Y de una SA?¿Y de una cooperativa?

    S.L: 3.005,06 euros. S.A: 60.101,21 euros y la cooperativa: 1.803,04 euros.

     

    El Despido Marzo 14, 2007

    Archivado en: Uncategorized — agbg @ 8:14 am

    1.- ¿Qué es la extinción del contrato y qué puede provocarla?

    Laextinción del contrato es la terminación de la relación laboral entre empresa y trabajador y sus causas pueden ser las que a continuación se indican:

    • Mutuo acuerdo de las partes.
    • Causas consignadas válidamente en el contrato.
    • Expiración del período contratado o realización de la obra o servicio objeto del contrato
    • Muerte, jubilación o extinción de la personalidad jurídica del contratante.
    • Dimisión del trabajador.
    • Muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador.
    • Jubilación del trabajador.
    • Fuerza mayor.
    • Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
    • Voluntad del trabajador con causa justificada.
    • Causas objetivas legalmente procedentes.
    • Despido disciplinario.

    2.- ¿En qué situaciones se podría decidir la extinción del contrato por voluntad del trabajador?

    • Modificación sustancial de sus condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
    • La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
    • Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en los supuestos de movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.

    3.- ¿Y por voluntad del Empresario?

  1. Faltas repetidas o injustificadas de asistencia o puntualidad

  2. Indisciplina o desobediencia

  3. Ofensas verbales o físicas al empresario, a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos

  4. Trasgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo

  5. Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado

  6. Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en la actividad laboral

  7. 4.- ¿Qué es un Despido Colectivo? ¿Cuál es su procedimiento?

    La extinción de los contratos de trabajo debe estar fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
    Se entiende que concurren estas causas cuando con la adopción del despido colectivo se contribuya a superar su viabilidad futura y el empleo en la misma a través de una más adecuada organización de sus recursos, o cuando no exista viabilidad futura de la empresa. Procedimiento: La tramitación se efectuará a través de un Expediente de Regulación de Empleo.

    5.- ¿En qué situaciones se podría realizar la extinción por causas objetivas?

    Características

    El contrato podrá extinguirse por alguna de las siguientes causas:

    • Ineptitud del trabajador.
    • Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas en su puesto de trabajo.
    • Amortización de puestos de trabajo.
    • Faltas de asistencia al trabajo.
    • Insuficiencia de consignación presupuestaria para la ejecución de planes y programas públicos.

    6.- ¿Qué puede hacer el trabajador en ese caso?

    El trabajador en ese caso no puede hacer nada.

    7.- ¿Qué es un Despido disciplinario? ¿Cuál es su procedimiento?

    Es la extinción del contrato de trabajo por decisión del empresario, basada en un incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador.

    • El plazo para llevar a cabo el despido será el de los sesenta días siguientes a la fecha del conocimiento del incumplimiento del trabajador, en todo caso, dentro de los seis meses de haberse cometido.
    • El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.
    • Por convenio colectivo podrán establecerse otras exigencias formales para el despido.
    • Cuando el trabajador fuera representante legal de los trabajadores o delegado sindical, procederá la apertura de expediente contradictorio, en el que serán oídos, además del interesado, los restantes miembros de la representación a que perteneciere, si los hubiese.
    • Si el trabajador estuviera afiliado a un sindicato y al empresario le constare, deberá dar audiencia previa a los delegados sindicales de la sección sindical correspondiente a dicho sindicato.
    • Si el despido se realizara inobservando lo establecido en el apartado anterior, el empresario podrá realizar un nuevo despido en el que cumpliese los requisitos omitidos en el precedente. Dicho nuevo despido, que sólo surtirá efectos desde su fecha, sólo cabrá efectuarlo en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al del primer despido. Al realizarlo, el empresario pondrá a disposición del trabajador los salarios devengados en los días intermedios, manteniéndole durante los mismos en alta en la Seguridad Social.

    8.- ¿Qué puede hacer el trabajador en ese caso?

    • Actuación del trabajador.
      • Si no está de acuerdo con la decisión del empresario deberá actuar en un plazo máximo de 20 días contra el despido.

     

     

     

    8 de Marzo Día de la Mujer Trabajadora Marzo 9, 2007

    Archivado en: Uncategorized — agbg @ 8:10 am

    ¿Por qué se eligió el día 8 de Marzo para celebrarlo?En 1975 Naciones Unidas proclamó oficialmente al 8 de marzo el Día Internacional de la Mujer, una celebración que ya se realizaba desde comienzos de siglo en diversas partes del mundo.
    La fecha conmemora una manifestación femenina que se llevó a cabo en la ciudad de Nueva York (EE.UU.) el 8 de marzo de 1857. Ese día, cientos de mujeres de una fábrica de textiles organizaron una marcha en contra de los bajos salarios y las condiciones inhumanas de trabajo.

     ¿A propuesta de quién?

    Clara Zetkin.

    ¿Cuándo obtuvieron las mujeres españolas el derecho al voto?

    En 1931.

    ¿Por qué no se celebra el día del hombre trabajador?

    Porque no tuvieron que revelarse nunca y no necesitan que ellos trabajan por obligación para dar de comer a su familia la mujer no necesita trabajar nadamás que cuando quiere.

    ¿Qué es la paridad entre hombres y mujeres en el trabajo? ¿Estás de acuerdo con las medidas que imponen esta paridad?

    Es la igualdad entre ellos y sin discriminación ninguna entre sexos. La paridad en el trabajo está bien ya que da a la mujer más satisfacción de poder realizar el mismo trabajo que un hombre sin ningún reproche ni discriminación.

     

    Salario y Jornada Marzo 7, 2007

    Archivado en: Uncategorized — agbg @ 8:16 am

    ¿Qué es el salario mínimo interprofesional?

    El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es el sueldo mínimo legal que un trabajador puede cobrar independientemente de la dedicación profesional de la persona. Generalmente se expresa en unidades monetarias por hora de trabajo, por ejemplo, no se puede pagar menos de 6 euros, a un trabajador por hora de trabajo. Cada país puede establecer sus propias leyes y regulaciones de salario mínimo, el cual suele ser fijado por el Gobierno anualmente.

    ¿Quién lo regula? 

    El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

    ¿En qué cantidad está fijado el salario mínimo interprofesional?

    Está fijado en 570.9 € mensuales.

    ¿Qué diferencia hay entre salario en especie y el salario en dinero?

    El salario en dinero constituye una modalidad de pago del salario mediante la cual el empresario abona al trabajador una determinada cantidad de numerario.

    No existe en la normativa laboral ninguna definición del salario en especie, salvo la que puede deducirse por oposición a lo que es salario en dinero. Lo cual significa que no existe una lista cerrada de supuestos de salario en especie. En consecuencia habrá algunos supuestos que podrán ser controvertidos.

    Cuánto tiempo de permiso reconoce el estatuto de los trabajadores para las siguentes situaciones: 

    a) Matrimonio: Quince días.

    b) Traslado de domicilio:Un día.

    c) Nacimiento de un hijo:Dos días.

    d) Enfermedad grave de un primo del trabajador:Dos días.

    e) Fallecimiento de un hermano del trabajador:Dos días.

    ¿Cuántos días de vacaciones le corresponden a un trabajador en España? 

    El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.

    ¿Qué jornada laboral hay en España?

    40 horas semanales.

     

     

    Contratos para trabajar en la taberna de los hermanos Serrano. Febrero 24, 2007

    Archivado en: Uncategorized — agbg @ 11:16 am

    TIPOS DE CONTRATOS:

    Contrato a “tiempo parcial”: Se le obliga al trabajador a trabajar un determinado número de horas al dia,a la semana, al mes o al año, que deberá ser inferior al de la jornada a tiempo completo.

    Contrato “indefinido u ordinario”: Son aquellos que se acuerda una fecha de inicio del trabajo, pero no una finalización del mismo.

    Contrato de “trabajo fijo-discontinuo”: Es aquel contrato que en la realización de una actividad,el trabajador no presta los sevicios todos los dias del año, sino en épocas determinadas.

    Contrato para “la formación”: Tiene como objetivo que el trabajador conozca la formación teórica y práctica del trabajo.

    Contrato de “interenidad“: Tiene como objeto la sustitución de trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo.

    Contrato “por obra o servicio determinado”: Su finalidad es la realización de obras o servicios determinados con autonomía.

    Contrato de “relevo”: Tiene como objetivo la sustitución del aquel trabajador de la empresa que acceda de forma parcial a la jubilación.

    Contrato para “minusválidos”: Tiene como objetivo fomentar el empleo de trabajos minusválidos.

    Contratos para cada uno:

    LUCÍA: A ella le pondrian un contrato a tiempo parcial,porque ella tiene trabajo y solo puede trabajar cuatro horas al dia que es el tiempo que tiene libre.

    MARCOS: Marcos necesitaría un contrato para la formación. A si conocerá más el oficio y Santiago estará más tranquilo.

    CANDELA: El contrato para Candela  sería  el de  por obra o servicio determinado. Ella sólo se centra  en hacer las tapas de la taberna. Creo que otro tipo de contrato para Candela sería el de a tiempo parcial, porque ella sólo trabajaría a ciertas horas del día,por ejemplo como por las mañanas, las mediodias para preparar sus desayunos y preparar sus comidas.

    FITI: Creo que Fiti también tendría que tener el contrato de por obra o servicio determinado, porque él sólo se encargará de arreglar el aire acondicionado por ejemplo si se rompe, no estará en la taberna siempre.

    FERNANDO: Para Fernando el contrato sería el de a tiempo parcial,porque él tendría que estar ciertas horas sin salir de su trabajo,tiene que cumplir unas horas determinadas. También sería otro contrato el de la formación, porque Fernando no tendrá mucha experiencia como camarero.

     

    La Precariedad es una M. Febrero 23, 2007

    Archivado en: Uncategorized — agbg @ 8:08 am

    El documento lo que trata de decirnos o de explicar es que los sindicatos de CC.OO., estan tratando de mejorar las condiciones de trabajo para los trabajadores com medidas que están intentando aplicar o negociar con las empresas con respecto de la mejora de salarios y de igualdad entre sexo y edades y una mayor seguridad en las empresas para que los trabajadores se sientan bien en su puesto de trabajo. La regulación de las horas de trabajo como mínimo de 8hr para poder complementar la vida laboral con la vida personal. Tratan que a las personas que no son de este país las traten por igual y tengan los mismos salarios y mismas condiciones que los demás para que se sientan integrados dentro de su puesto laboral. También quieren conseguir que los jefes no traten como perros a los empleados y los traten como se debe quieren que las empresas no tengan que irse a otro país para que siga funcionando. Para los funcionarios piden más comodidades para complementar mejor su vida quieren tratar que no se cambie de contrata cada 2 por 3 para que la gente no pierda su puesto de trabajo. Lo que CC.OO pretende con esto es que en el mundo laboral haya más facilidades para conseguir trabajo y los salarios sean lo mejor posible.

    Mi opinión personal es que lo que hace el sindicato éste es apoyar a los trabajadores para que tengan facilidades, pero lo que no entienden es que las empresas y los “jefes” por así decirlo también necesitan más facilidades por que este sindicato pinta a las empresas como a ogros y lo que no entienden es que si no hay producción o un trabajador no funciona como tiene que funcionar no van a valer ni facilidades ni nada. Me parece que no tienen porque estar jorobando a las empresas como lo están haciendo.